martes, 18 de octubre de 2016

Cotizaciones


  • La cotización al RC será del 12,5% del salario base y no puede ser por debajo del salario mínimo, y la del empleado será del 8.5% y a cargo del empleado 4%
  • El 1.5% se traslada al FOSYGA para la financiación de los beneficiarios





















Las RS se denominan Entidades Promotoras de Salud del Régimen subsidiado, beneficiándose las personas vulnerables de Sisben I y II.

ASEGURAMIENTO

  • El gobierno establece que la población de nivel III puede afiliarse al régimen contributivo, este no puede ser menos al 50% del valor de la UPC-S
  • Anualmente se actualizará el acercamiento de los dos regímenes
  • No habrá copagos para los afiliados clasificados en el nivel I del Sisben 
  • En caso de enfermedad con alto costo, se lleva al comité técnico científico, si la EPS no estudia el caso puede llevarse a una tutela y ellos deberán asumir el costo al igual que el FOSYGA.
  • Se garantiza a todos los colombianos la atención inicial de urgencias en cualquier IPS, en caso de que no sea así será sancionado por la Superintendencia Nacional de Salud con multas de hasta 2000 SMLMV
  • Anualmente se presentará un plan, que será evaluad por el Ministerio de la Protección Social 

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